'Un juez ha eximido a un médico de la obligación de entregar a su paciente la historia clínica por haber transcurrido el plazo de conservación que la ley fija en cinco años. El fallo analiza la Ley 41/2002, de Autonomía del Paciente, y aclara qué se debe entender por historia clínica.'
Fuente y noticia completa: Diario Médico 21/11/08
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